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	Comentarios en Botana Abogados	</title>
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	<description>Despacho multidisciplinar</description>
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		<title>
		Comentario en Negligencia del abogado por Atena		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/negligencia-del-abogado/#comment-1979</link>

		<dc:creator><![CDATA[Atena]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Sep 2023 20:45:32 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola ,buenas tardes ,hace un año tube un accidente de trafico la culpa no la tenia yo ,estaba parada en un. Stop y vino un coche y me tiro el la mitad de carretera ,resulta que sigo estando con secuelas pienso que mis abogados no se han implicado mucho ,lleghe hacerme infiltración pero la segunda vez que tenian que seguir me llamaron los medicos y me dijieron que seguro no lo aprobaron ,me entrerupieron todo trauma ,fisio ,rezulta que el dia 31 tube otro acidente los dolores peor ,mi hijo estaba con migo en coche resuto tambien con dolores es algo que me deja un poco asi como puedes dar de alta un paciente si tu sabes que es mal resulta que tengo 3 hernias cervicales 1 lumbal y problemas en los  hombros]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola ,buenas tardes ,hace un año tube un accidente de trafico la culpa no la tenia yo ,estaba parada en un. Stop y vino un coche y me tiro el la mitad de carretera ,resulta que sigo estando con secuelas pienso que mis abogados no se han implicado mucho ,lleghe hacerme infiltración pero la segunda vez que tenian que seguir me llamaron los medicos y me dijieron que seguro no lo aprobaron ,me entrerupieron todo trauma ,fisio ,rezulta que el dia 31 tube otro acidente los dolores peor ,mi hijo estaba con migo en coche resuto tambien con dolores es algo que me deja un poco asi como puedes dar de alta un paciente si tu sabes que es mal resulta que tengo 3 hernias cervicales 1 lumbal y problemas en los  hombros</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Botana Castro Roberto		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1417</link>

		<dc:creator><![CDATA[Botana Castro Roberto]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Mar 2022 18:22:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-1417</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1403&quot;&gt;Maria Asuncion&lt;/a&gt;.

Hola:
El cálculo del valor Venal es realmente una pregunta para un perito de autos, pero el mismo se calcula de acuerdo ala siguiente fórmula:
Valor Real Técnico / Valor Venal-Mercado en vehículos:
Vt: Vida técnica estimada ………..normalmente 14 años o 400.000 km
%Valor Residual ……………………6,00%
t: edad o años de servicio ……….numero de años
t: km recorridos
Para calcular el valor real de un vehículo averiado se utilizará la siguiente fórmula:
Vreal = Vrep [1 – [(1 – Cvr) / Vt) x t]] * Fm * Fc * Fu x Fo
El valor de afección, técnicamente, lo lógico es aplicarlo sobre el valor venal, si bien hay alguna Audiencia Provincial que lo aplican también sobre el valor de mercado.

Recordemos.
* Valor venal, es el valor patrimonial de la cosa considerada en si misma.
*Valor de mercado: es le valor medio de las operaciones de venta de vehículos de similares características.
*El valor de mercado cabe calcularlo estadísticamente por la media de la venta de vehículos o en su caso por cálculo del valor venal, al que hay que añadirle un porcentaje variable de beneficio industrial, costes de revisión y puesta al servicio, así como garantía mínima legal.
*Valor de afección, es un porcentaje que va del 10 al 50% del valor venal del vehículo, o en su caso del valor de mercado aplicado a vehículos destinado a paliar los inconvenientes del a perdida y sustitución del vehículos.
*Valor de reparación: es le valor de reparar el turismo tras el impacto.
*Valor de reposición, el el valor de mercado más los impuestos y trámites necesarios para que el vehículo de sustitución esté a su nombre y pueda circular.
Resulta llamativo que en muchas resoluciones judiciales conceptos tan claramente diferentes son confundíos y solapados por los tribunales.
Espero que lo mentado le sea de utilidad]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1403">Maria Asuncion</a>.</p>
<p>Hola:<br />
El cálculo del valor Venal es realmente una pregunta para un perito de autos, pero el mismo se calcula de acuerdo ala siguiente fórmula:<br />
Valor Real Técnico / Valor Venal-Mercado en vehículos:<br />
Vt: Vida técnica estimada ………..normalmente 14 años o 400.000 km<br />
%Valor Residual ……………………6,00%<br />
t: edad o años de servicio ……….numero de años<br />
t: km recorridos<br />
Para calcular el valor real de un vehículo averiado se utilizará la siguiente fórmula:<br />
Vreal = Vrep [1 – [(1 – Cvr) / Vt) x t]] * Fm * Fc * Fu x Fo<br />
El valor de afección, técnicamente, lo lógico es aplicarlo sobre el valor venal, si bien hay alguna Audiencia Provincial que lo aplican también sobre el valor de mercado.</p>
<p>Recordemos.<br />
* Valor venal, es el valor patrimonial de la cosa considerada en si misma.<br />
*Valor de mercado: es le valor medio de las operaciones de venta de vehículos de similares características.<br />
*El valor de mercado cabe calcularlo estadísticamente por la media de la venta de vehículos o en su caso por cálculo del valor venal, al que hay que añadirle un porcentaje variable de beneficio industrial, costes de revisión y puesta al servicio, así como garantía mínima legal.<br />
*Valor de afección, es un porcentaje que va del 10 al 50% del valor venal del vehículo, o en su caso del valor de mercado aplicado a vehículos destinado a paliar los inconvenientes del a perdida y sustitución del vehículos.<br />
*Valor de reparación: es le valor de reparar el turismo tras el impacto.<br />
*Valor de reposición, el el valor de mercado más los impuestos y trámites necesarios para que el vehículo de sustitución esté a su nombre y pueda circular.<br />
Resulta llamativo que en muchas resoluciones judiciales conceptos tan claramente diferentes son confundíos y solapados por los tribunales.<br />
Espero que lo mentado le sea de utilidad</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Botana Castro Roberto		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1414</link>

		<dc:creator><![CDATA[Botana Castro Roberto]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Feb 2022 10:34:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-1414</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1403&quot;&gt;Maria Asuncion&lt;/a&gt;.

Hola
El cálculo del valor Venal es realmente una pregunta para un perito de autos, pero el mismo se calcula de acuerdo ala siguiente fórmula:
Valor Real Técnico / Valor Venal-Mercado en vehículos:
Vt: Vida técnica estimada ...........normalmente 14 años o 400.000 km
% Valor Residual ........................6,00%
t: edad o años de servicio ..........numero de años
t: km recorridos
Para calcular el valor real de un vehículo averiado se utilizará la siguiente fórmula:
Vreal = Vrep [1 - [(1 - Cvr) / Vt) x t]] * Fm * Fc * Fu x Fo

El valor de afección, técnicamente, lo lógico es aplicarlo sobre el valor venal, si bien hay alguna Audiencia Provincial que lo aplican también sobre el valor de mercado.

Recordemos.
* Valor venal, es el valor patrimonial de la cosa considerada en si misma.
*Valor de mercado: es le valor medio de las operaciones de venta de vehículos de similares características.
*El valor de mercado cabe calcularlo estadísticamente por la media de la venta de vehículos o en su caso por cálculo del valor venal, al que hay que añadirle  un porcentaje variable de beneficio industrial, costes de revisión y puesta al servicio, así como garantía mínima legal.
*Valor de afección, es un porcentaje que va del 10 al 50% del valor venal del vehículo, o en su caso del valor de mercado aplicado a vehículos destinado a paliar los inconvenientes del a perdida y sustitución del vehículos.
*Valor de reparación: es le valor de reparar el turismo tras el impacto.
*Valor de reposición, el el valor de mercado más los impuestos y trámites necesarios para que el vehículo de sustitución esté a su nombre y pueda circular.
Resulta llamativo que en muchas resoluciones judiciales conceptos tan claramente diferentes son confundíos y solapados por los tribunales.
Espero que la respuesta te resulta de utilidad]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1403">Maria Asuncion</a>.</p>
<p>Hola<br />
El cálculo del valor Venal es realmente una pregunta para un perito de autos, pero el mismo se calcula de acuerdo ala siguiente fórmula:<br />
Valor Real Técnico / Valor Venal-Mercado en vehículos:<br />
Vt: Vida técnica estimada &#8230;&#8230;&#8230;..normalmente 14 años o 400.000 km<br />
% Valor Residual &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;6,00%<br />
t: edad o años de servicio &#8230;&#8230;&#8230;.numero de años<br />
t: km recorridos<br />
Para calcular el valor real de un vehículo averiado se utilizará la siguiente fórmula:<br />
Vreal = Vrep [1 &#8211; [(1 &#8211; Cvr) / Vt) x t]] * Fm * Fc * Fu x Fo</p>
<p>El valor de afección, técnicamente, lo lógico es aplicarlo sobre el valor venal, si bien hay alguna Audiencia Provincial que lo aplican también sobre el valor de mercado.</p>
<p>Recordemos.<br />
* Valor venal, es el valor patrimonial de la cosa considerada en si misma.<br />
*Valor de mercado: es le valor medio de las operaciones de venta de vehículos de similares características.<br />
*El valor de mercado cabe calcularlo estadísticamente por la media de la venta de vehículos o en su caso por cálculo del valor venal, al que hay que añadirle  un porcentaje variable de beneficio industrial, costes de revisión y puesta al servicio, así como garantía mínima legal.<br />
*Valor de afección, es un porcentaje que va del 10 al 50% del valor venal del vehículo, o en su caso del valor de mercado aplicado a vehículos destinado a paliar los inconvenientes del a perdida y sustitución del vehículos.<br />
*Valor de reparación: es le valor de reparar el turismo tras el impacto.<br />
*Valor de reposición, el el valor de mercado más los impuestos y trámites necesarios para que el vehículo de sustitución esté a su nombre y pueda circular.<br />
Resulta llamativo que en muchas resoluciones judiciales conceptos tan claramente diferentes son confundíos y solapados por los tribunales.<br />
Espero que la respuesta te resulta de utilidad</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Maria Asuncion		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-1403</link>

		<dc:creator><![CDATA[Maria Asuncion]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 Feb 2022 09:30:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-1403</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días:
Mi vehículo, por el hecho fortuito del impacto de una piedra grande en el cristal delantero, sufrió un siniestro, que la Cía de Seguros ha declarado como siniestro total. El vehículo tiene más de 15 años pero estaba en perfecto estado habiendo pasado su ITV . Mis preguntas son:
En las tablas oficiales no dan valor nada mas que hasta el 2010, cual sería el valor venal de mi coche?
Al valor venal se le puede añadir valor de afección? 
Gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días:<br />
Mi vehículo, por el hecho fortuito del impacto de una piedra grande en el cristal delantero, sufrió un siniestro, que la Cía de Seguros ha declarado como siniestro total. El vehículo tiene más de 15 años pero estaba en perfecto estado habiendo pasado su ITV . Mis preguntas son:<br />
En las tablas oficiales no dan valor nada mas que hasta el 2010, cual sería el valor venal de mi coche?<br />
Al valor venal se le puede añadir valor de afección?<br />
Gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Lidia		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-236</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lidia]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Sep 2020 09:06:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-236</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días, tenemos un BMW SERIR 5 (E60/61) 525D DE 246.359KM que estaba en perfecto estado, y estando aparcado le dieron un golpe. Tras decirle el perito a la BMW que no reparase, particularmente pedimos un presupuesto, para ver si por poca diferencia la poníamos nosotros. El presupuesto que me pasan es de 7.661,61€+iva.
En la compañía me ofrecen de palabra 4.200€ de valor venal+1.300€ por desguace de coche.
El valor venal nos parece muy escaso comparado con ofertas de internet de coches de similares características, pero no se donde consultarlo.
Igualmente no se si puedo exigir que lo reparen, ya que ofrecen también llevarlo a un taller, pero esta opción no nos agrada.
Muchas gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días, tenemos un BMW SERIR 5 (E60/61) 525D DE 246.359KM que estaba en perfecto estado, y estando aparcado le dieron un golpe. Tras decirle el perito a la BMW que no reparase, particularmente pedimos un presupuesto, para ver si por poca diferencia la poníamos nosotros. El presupuesto que me pasan es de 7.661,61€+iva.<br />
En la compañía me ofrecen de palabra 4.200€ de valor venal+1.300€ por desguace de coche.<br />
El valor venal nos parece muy escaso comparado con ofertas de internet de coches de similares características, pero no se donde consultarlo.<br />
Igualmente no se si puedo exigir que lo reparen, ya que ofrecen también llevarlo a un taller, pero esta opción no nos agrada.<br />
Muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Edurne Odriozola		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-235</link>

		<dc:creator><![CDATA[Edurne Odriozola]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Sep 2020 15:17:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-235</guid>

					<description><![CDATA[A mi vehículo lo golpeó otro estando parado. 
Mi propia aseguradora me dice POSIBLE siniestro total. Indemnizacion propuesta 1161€ . Valor estimado de la reparacion sin desmontar mas de 6000€. 
He mirado vehículos similares y se venden por 3000€.
¿Cuál es la cantidad que me corresponde? Valor venal o de Venta. Que opciones tengo?
Muchas gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A mi vehículo lo golpeó otro estando parado.<br />
Mi propia aseguradora me dice POSIBLE siniestro total. Indemnizacion propuesta 1161€ . Valor estimado de la reparacion sin desmontar mas de 6000€.<br />
He mirado vehículos similares y se venden por 3000€.<br />
¿Cuál es la cantidad que me corresponde? Valor venal o de Venta. Que opciones tengo?<br />
Muchas gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Roberto		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-233</link>

		<dc:creator><![CDATA[Roberto]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 24 Aug 2020 09:49:19 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-233</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-231&quot;&gt;Guillermo Fernandez&lt;/a&gt;.

Hola Guillermo:
Si bien ya comentamos por teléfono que resumo la entrevistas por este medio.
Lo lógico es determinar pericialmente cual es el valor de reparación y cual es el valor de mercado de tu vehículo y si el valor de reparación no supera excesivamente en mas del doble el valor de mercado, puedes proceder a repararlo y demandar al responsable del siniestro.
Ahora bien si aceptas los valores que te da la entidad Aseguradora, que para colmo es tu propia CIA aseguradora dado que por el Convenio privado entre aseguradoras CIDE-ASCIDE la no culpable se subroga en la posición de la culpable y gestiona ella contigo como si fuera l a otra, y aplicando la doctrina legal que está expuesta en el articulo de la WEB, si el valor de marcado es de 4880 puedes reparar y no se considera siniestro total hasta el limite de 9760 euros.
Si no reparar el valor de indemnización es igual a4880 euros incrementado en un 30% salvo excepciones a considerar caso a caso, y por tanto el valor indemnizable debe ascender cuando menos a 6344euros.
un Saludo.
RBC]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-231">Guillermo Fernandez</a>.</p>
<p>Hola Guillermo:<br />
Si bien ya comentamos por teléfono que resumo la entrevistas por este medio.<br />
Lo lógico es determinar pericialmente cual es el valor de reparación y cual es el valor de mercado de tu vehículo y si el valor de reparación no supera excesivamente en mas del doble el valor de mercado, puedes proceder a repararlo y demandar al responsable del siniestro.<br />
Ahora bien si aceptas los valores que te da la entidad Aseguradora, que para colmo es tu propia CIA aseguradora dado que por el Convenio privado entre aseguradoras CIDE-ASCIDE la no culpable se subroga en la posición de la culpable y gestiona ella contigo como si fuera l a otra, y aplicando la doctrina legal que está expuesta en el articulo de la WEB, si el valor de marcado es de 4880 puedes reparar y no se considera siniestro total hasta el limite de 9760 euros.<br />
Si no reparar el valor de indemnización es igual a4880 euros incrementado en un 30% salvo excepciones a considerar caso a caso, y por tanto el valor indemnizable debe ascender cuando menos a 6344euros.<br />
un Saludo.<br />
RBC</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Roberto		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-232</link>

		<dc:creator><![CDATA[Roberto]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 24 Aug 2020 09:44:45 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-232</guid>

					<description><![CDATA[Hola José:
En tu caso hay que pericialmente determinar cual es el valor de reparación y cual es el valor de mercado de tu vehículo y si el valor de reparación no supera excesivamente en mas del doble el valor de mercado, puedes proceder a repararlo y demandar al responsable del siniestro.
Ahora bien si aceptas los valores que te da la entidad Aseguradora, que para colmo es tu propia CIA aseguradora dado que por el Convenio privado entre aseguradoras CIDE-ASCIDE la no culpable se subroga en la posición de la culpable y gestiona ella contigo como si fuera l a otra, y aplicando la doctrina legal que está expuesta en el articulo de la WEB, si el valor de marcado es de 3.600 puedes reparar y no se considera siniestro total hasta el limite de 7200 euros.
Si no reparar el valor de indemnización es igual a 3600 euros incrementado en un 30% salvo excepciones a considerar caso a caso, y por tanto el valor indemnizable debe ascender cuando menos a 4.780 euros.
Un Saludo.
RBC]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola José:<br />
En tu caso hay que pericialmente determinar cual es el valor de reparación y cual es el valor de mercado de tu vehículo y si el valor de reparación no supera excesivamente en mas del doble el valor de mercado, puedes proceder a repararlo y demandar al responsable del siniestro.<br />
Ahora bien si aceptas los valores que te da la entidad Aseguradora, que para colmo es tu propia CIA aseguradora dado que por el Convenio privado entre aseguradoras CIDE-ASCIDE la no culpable se subroga en la posición de la culpable y gestiona ella contigo como si fuera l a otra, y aplicando la doctrina legal que está expuesta en el articulo de la WEB, si el valor de marcado es de 3.600 puedes reparar y no se considera siniestro total hasta el limite de 7200 euros.<br />
Si no reparar el valor de indemnización es igual a 3600 euros incrementado en un 30% salvo excepciones a considerar caso a caso, y por tanto el valor indemnizable debe ascender cuando menos a 4.780 euros.<br />
Un Saludo.<br />
RBC</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Guillermo Fernandez		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-231</link>

		<dc:creator><![CDATA[Guillermo Fernandez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Aug 2020 17:33:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-231</guid>

					<description><![CDATA[Buenas tardes,

Estando estacionado mi coche, un vehículo en marcha ha golpeado a un vehículo estacionado y este último al mío.
El valor venal de mi vehículo es de 4880€ es un mercedes clk500 (con todos los extras, 120000km y conservado al 100%), me temo que la reparación va para los 7000€. En caso de darme el vehículo total, ¿Qué puedo reclamar?
Lo que yo quiero es que reparen mi coche, pero quiero estar preparado para todas las casuísticas. También quiero saber en cuanto me podrían valorar el coche, es decir, cuánto puedo recibir (algo justo).
Un saludo,

Guillermo Fernández]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes,</p>
<p>Estando estacionado mi coche, un vehículo en marcha ha golpeado a un vehículo estacionado y este último al mío.<br />
El valor venal de mi vehículo es de 4880€ es un mercedes clk500 (con todos los extras, 120000km y conservado al 100%), me temo que la reparación va para los 7000€. En caso de darme el vehículo total, ¿Qué puedo reclamar?<br />
Lo que yo quiero es que reparen mi coche, pero quiero estar preparado para todas las casuísticas. También quiero saber en cuanto me podrían valorar el coche, es decir, cuánto puedo recibir (algo justo).<br />
Un saludo,</p>
<p>Guillermo Fernández</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Siniestro total sin culpa ¿Qué derechos tengo? por Roberto Botana		</title>
		<link>https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-187</link>

		<dc:creator><![CDATA[Roberto Botana]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 Feb 2019 13:32:11 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://botanaabogados.es/?p=1074#comment-187</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-174&quot;&gt;vanessa de oliveira&lt;/a&gt;.

Hola Vanessa:
Lo primero tener un vehículo con mas de 5 años de antigüedad con seguro a todo riesgo es un error  por que normalmente solo cubren a valor de nuevo hasta el segundo año. A partir del 5º  ante un siniestro importante y de acuerdo al clausulado dela pólizas habituales, te lo declaran siniestro total al superar la reparación el valor de reposición. Si a esto el añadas que tienes franquicia realmente el seguro en pocas ocasiones cubrirá el resigo que tienes. Así pues a partir delº año recomiendo seguro a terceros con incendio, robo y rotura de lunas. Otro tipo de póliza ya no resulta rentable. Tu mediador debió haberte informado de esto, si es un buen profesional que vigila por tu interés.
En tu caso  hay que pericialmente determinar cual es el valor de reparación y cual es el valor de mercado de tu vehículo y si el valor de reparación no supera  excesivamente en mas del doble el valor de mercado, puedes proceder a repararlo y demandar al responsable del siniestro.
También puedes reclamar los gastos de alquiler de un turismo durante el tiempo necesario para la reparación.( ojo con este concepto,si se alarga injustificadamente el tiempo de reparación no tendrás derecho al percibir la totalidad del alquiler)
En tu caso entiendo que debes contratar un perito de autos y un abogado para reclamar la reparación o en su caso el valor de mercado incrementado entre un 30% a un 50% frente al causante alegar conflicto de intereses con tu cía. para que la clausula de defensa y reclamación jurídica no entre en funcionamiento y así que tu cía, deba abonar el 100% del coste de la litis de acurdo al articulo 73 y ss de la L.C.S.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://botanaabogados.es/siniestro-total-sin-culpa-derechos/#comment-174">vanessa de oliveira</a>.</p>
<p>Hola Vanessa:<br />
Lo primero tener un vehículo con mas de 5 años de antigüedad con seguro a todo riesgo es un error  por que normalmente solo cubren a valor de nuevo hasta el segundo año. A partir del 5º  ante un siniestro importante y de acuerdo al clausulado dela pólizas habituales, te lo declaran siniestro total al superar la reparación el valor de reposición. Si a esto el añadas que tienes franquicia realmente el seguro en pocas ocasiones cubrirá el resigo que tienes. Así pues a partir delº año recomiendo seguro a terceros con incendio, robo y rotura de lunas. Otro tipo de póliza ya no resulta rentable. Tu mediador debió haberte informado de esto, si es un buen profesional que vigila por tu interés.<br />
En tu caso  hay que pericialmente determinar cual es el valor de reparación y cual es el valor de mercado de tu vehículo y si el valor de reparación no supera  excesivamente en mas del doble el valor de mercado, puedes proceder a repararlo y demandar al responsable del siniestro.<br />
También puedes reclamar los gastos de alquiler de un turismo durante el tiempo necesario para la reparación.( ojo con este concepto,si se alarga injustificadamente el tiempo de reparación no tendrás derecho al percibir la totalidad del alquiler)<br />
En tu caso entiendo que debes contratar un perito de autos y un abogado para reclamar la reparación o en su caso el valor de mercado incrementado entre un 30% a un 50% frente al causante alegar conflicto de intereses con tu cía. para que la clausula de defensa y reclamación jurídica no entre en funcionamiento y así que tu cía, deba abonar el 100% del coste de la litis de acurdo al articulo 73 y ss de la L.C.S.</p>
]]></content:encoded>
		
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