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	<title>Estado de alarma por la pandemia del coronavirus archivos - Botana Abogados</title>
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	<description>Despacho multidisciplinar</description>
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	<title>Estado de alarma por la pandemia del coronavirus archivos - Botana Abogados</title>
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		<title>El estado de alarma por la pandemia de coronavirus en España</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Botana Abogados]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Mar 2020 10:58:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[Deberes de los ciudadanos en el estado de alrma]]></category>
		<category><![CDATA[Declarado estado de alarma en España]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos de los ciudadanos en el estado de alarma]]></category>
		<category><![CDATA[El coronavirus y los derechos fundamentales]]></category>
		<category><![CDATA[El estado de alarma y la pandemia de coronavirus]]></category>
		<category><![CDATA[Estado de alarma en España]]></category>
		<category><![CDATA[Estado de alarma por la pandemia del coronavirus]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Qué es, porqué y para qué del estado de alarma por la pandemia de coronavirus? Procederá la declaración de los estados de alarma, excepción o sitio cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades competentes. Poderes del Estado en el estado de alarma por la pandemia  Nuestro [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://botanaabogados.es/el-estado-de-alarma-por-la-pandemia-de-coronavirus-en-espana/">El estado de alarma por la pandemia de coronavirus en España</a> se publicó primero en <a href="https://botanaabogados.es">Botana Abogados</a>.</p>
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	<h2><strong>¿Qué es, porqué y para qué del </strong><strong>estado de alarma por la pandemia de coronavirus</strong><strong>?</strong></h2>
<p><em>Procederá la declaración de los estados de alarma, excepción o sitio cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades competentes.</em></p>
<h2><strong>Poderes del Estado en el estado de alarma por la pandemia </strong></h2>
<p>Nuestro ordenamiento jurídico prevé el estado de alarma en el artículo 116.2 de la Constitución Española.</p>
<p>Se establece que dicha situación de emergencia deberá ser declarada a través de decreto tras deliberación del Consejo de Ministros, y que tendrá una duración máxima de 15 días.</p>
<p><strong>Artículo 116.2 de la Constitución Española de 1978 establece:</strong></p>
<blockquote>
<p><strong> “</strong>El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración"</p>
</blockquote>
<p><strong>Y el articulo 116.6.  culmina diciendo:</strong></p>
<blockquote>
<p>"La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.”</p>
</blockquote>
<p>El estado de Alarma, junto con otras figuras como el de excepción y sitio, cumpliendo el mandato constitucional se han regulado a medio de la Ley Orgánica 4/1981, 1 junio, de los estados de alarma, excepción y sitio («B.O.E.» 5 junio),<em> s<strong>iendo pues esta norma</strong></em> la que regula esta figura, del estado de alarma que es el más leve de las tres declaraciones posibles (alarma, excepción y sitio).</p>
<p>Las medidas a adoptar en los estados de alarma, excepción y sitio, así como la duración de los mismos, serán en cualquier caso las estrictamente indispensables para asegurar el restablecimiento de la normalidad. Su aplicación se realizará de forma proporcionada a las circunstancias.</p>
<p>La <a href="https://global.economistjurist.es/BDI/legislacion/legislaciongeneral/emergentelegislacion.php?id=150291">Ley 4/1981</a> prevé la adopción de medidas de carácter urgente y extraordinario, que permiten al Gobierno, <strong>adoptar decisiones en lo relativo a garantizar el abastecimiento de alimentos o medicamentos, así como intervenir fábricas y producción, cerrar centros de trabajo o limitar los movimientos de ciudadanos y vehículos.</strong></p>
<p>El tiempo máximo por el que se puede decretar el estado de alarma es de 15 días. No obstante puede llegar a prorrogarse, debido a la emergencia del momento, en este caso habrá de solicitar autorización al Congreso de los Diputados.</p>
<h2><strong>Estado de alarma por la pandemia: obligaciones de los ciudadanos </strong></h2>
<h3><strong>Consecuencias más relevantes de la declaración del estado de alarma para los ciudadanos:</strong></h3>
<p>El decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:</p>
<ol>
<li>Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados. O condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos</li>
<li>Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias</li>
<li>Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los ministerios interesados</li>
<li>Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad</li>
<li>Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto</li>
</ol>
<p>Los efectos del estado de Alarma se pueden acordar sobre todo o parte del territorio nacional.</p>
<p>Finalizada la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio decaerán en su eficacia cuantas competencias en materia sancionadora y en orden a actuaciones preventivas correspondan a las Autoridades competentes, así como las concretas medidas adoptadas en base a éstas, salvo las que consistiesen en sanciones firmes.</p>
<p><strong>El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad </strong>competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.</p>
<ul>
<li>Si estos <strong>actos fuesen cometidos por funcionarios</strong>, las autoridades podrán suspenderlos de inmediato en el ejercicio de sus cargos, pasando, en su caso, el tanto de culpa al juez, y se notificará al superior jerárquico, a los efectos del oportuno expediente disciplinario.</li>
<li>Si fuesen <strong>cometidos por autoridades</strong>, las facultades de éstas que fuesen necesarias para el cumplimiento de las medidas acordadas en ejecución de la declaración de estado de alarma podrán ser asumidas por la autoridad competente durante su vigencia.</li>
</ul>
<h2><strong>Estado de alarma por pandemia: derechos de los ciudadanos </strong></h2>
<ul>
<li>Los actos y disposiciones de la Administración Pública adoptados durante la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio serán impugnables en vía jurisdiccional de conformidad con lo dispuesto en las leyes.</li>
<li>Quienes como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados <strong>sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no les sean imputables,</strong> tendrán <strong>derecho a ser indemnizados</strong> de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.</li>
</ul>
<h2>Si usted está afectado por el tema de coronavirus a nivel legal debe tener muy claras las respuestas a estas 7 cuestiones:</h2>
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<div class="srg">
<div class="g">
<div class="rc" data-hveid="CAQQAA" data-ved="2ahUKEwjyn-2nwKnoAhUEuRoKHXTiAvoQFSgAMAB6BAgEEAA">
<div class="r">
<ol>
<li class="LC20lb DKV0Md"><strong>¿Cabe la indemnización del Estado por  daños producidos? ¿En qué casos?</strong></li>
<li class="LC20lb DKV0Md"><strong>¿Cómo debo actuar legalmente si enfermo por coronavirus en el desempeño de mi trabajo?</strong></li>
<li class="LC20lb DKV0Md"><strong>¿Me pueden despedir por el impacto del coronavirus?</strong></li>
<li class="LC20lb DKV0Md"><strong>¿Cómo debo actuar si me <a href="https://botanaabogados.es/abogados-derecho-laboral/" target="_blank" rel="noopener">despiden</a> por el coronavirus?</strong></li>
<li class="LC20lb DKV0Md"><strong>¿Quién es el responsable de las pérdidas e indemnizaciones por el  coronavirus?</strong></li>
<li class="LC20lb DKV0Md"><strong>Consecuencias jurídico-laborales que se dan en el ámbito de la empresa por la declaración del estado de alarma en España</strong></li>
<li><strong>¿Cómo afecta la situación a los <a href="https://botanaabogados.es/abogados-derecho-de-seguros/" target="_blank" rel="noopener">seguros</a></strong></li>
</ol>
<p>&nbsp;</p>
<p>Más <a href="https://botanaabogados.es/contacto/" target="_blank" rel="noopener">Información </a></p>
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</div></div></div></div></div><p>La entrada <a href="https://botanaabogados.es/el-estado-de-alarma-por-la-pandemia-de-coronavirus-en-espana/">El estado de alarma por la pandemia de coronavirus en España</a> se publicó primero en <a href="https://botanaabogados.es">Botana Abogados</a>.</p>
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